Argentina: ¿Qué cambios en el transporte terrestre implica la Ley Ómnibus?

El reciente proyecto de ley «Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos» presentado ante el Congreso por el Presidente, Javier Milei, incorpora nuevas normativas para el transporte terrestre de cargas.

Esta Ley Ómnibus será tratada durante las sesiones extraordinarias que comenzaron a fines del 2023 y se extenderán hasta el 31 de enero. Con su modificación, el gobierno de Javier Milei busca agilizar y digitalizar los procesos, liberando incluso la carga del propietario de los requisitos del transporte de cargas.

Las modificaciones

Para lo que es el transporte de carga, hay una modificación del artículo 56° en el que se establece como encabezado que “el transporte de cargas es libre en la República Argentina sin otro requisito que el vehículo cumpla los requisitos de esta ley”.

En el artículo 1° propone excluir expresamente de las disposiciones de la Ley 24.653 el transporte de cargas para el consumo, utilización o comercialización de mercaderías, realizado por personas físicas o jurídicas, productoras o comercializadoras de aquéllas, en cualquier tipo de vehículo de su propiedad o perteneciente a familiares de hasta tercer grado siempre que el titular no posea más de un vehículo para realizar la actividad de transporte y que su actividad principal no sea el transporte de cargas.

En el artículo 6, sugiere incluir la manera electrónica como forma de inscripción al Registro Único del Transporte Automotor (“RUTA”), debiendo la autoridad de aplicación implementar dentro del plazo de 180 días el formato electrónico de inscripción.

De esta forma, propone eliminar la facultad de requerir información adicional a la prevista y que para su inscripción sea obligatoria la presentación de:

1) Título de propiedad del vehículo a inscribir o documento equivalente.
2) Constancia de cobertura de los seguros obligatorios según el tipo de vehículo y categoría del transportista.
3) Certificado de revisión técnica.

Además, como condición para conservar la inscripción en el RUTA, se sugiere la ampliación de la duración de 2 a 3 años establecida en la Ley 24.653, dentro de la cual debe haberse llevado a cabo al menos una inspección técnica vehicular.

Por último, el Poder Ejecutivo Nacional, también propone modificar el artículo 6 y derogar los artículos 49, 50, 52 y 53 de la Ley 24.921 (Transporte Multimodal de Mercaderías).

Con su modificación, busca eliminar el registro de operadores de transporte multimodal al que actualmente tienen que estar inscriptos quienes pretendan ejercer la actividad de operador de transporte multimodal.

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