Argentina y Colombia implementan el Certificado de Origen Digital

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó a los participantes del comercio exterior, a través de la Resolución Nº 5496/2024 que Argentina y Colombia establecieron que, a partir del 8 de abril de 2024, se implementará la emisión de certificados de origen de manera digital.

Según lo establecido en la normativa publicada en el Boletín Oficial, las transacciones realizadas a partir de esta fecha tendrán la opción de utilizar el Certificado de Origen Digital (COD) o el de formato físico.

La posibilidad de elegir entre el COD y el certificado en papel se debe al desarrollo del Plan Piloto de Certificación de Origen Digital llevado a cabo por Argentina y Colombia en el marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 72 (ACE 72).

Certificado de Origen Digital

En la reunión bilateral virtual llevada a cabo el 16 de febrero de 2024, la República Argentina y la República de Colombia habían consensuado la finalización del Plan Piloto entre dichos países y el inicio de la plena validez jurídica del COD.

Esta modalidad de emisión ofrece una serie de ventajas en el comercio intrarregional, como el ahorro de tiempo y costos, mayor seguridad gracias al uso de firma digital, y la agilización de los trámites de exportación e importación.

El COD en acción: cómo utilizarlo

La nueva opción habilitada se ejercerá al momento del registro de la destinación de importación. Para utilizarlo, el importador o el agente aduanero deberá acceder al servicio «SETI Certificado de Origen Digital» disponible en el sitio web de la AFIP, utilizando la Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 o superior, según se estableció.

Certificado de Origen Digital

Además, los operadores deben seguir las instrucciones detalladas en el «Manual de Usuarios Externos», disponible en el micrositio «COD – Certificado de Origen Digital» en el mismo sitio web del organismo recaudador.

En caso de no contar con el certificado de origen, el operador de comercio exterior deberá presentar el certificado en formato físico como garantía, hasta que se habilite el procedimiento de liberación de garantías mediante la presentación del COD, lo cual será comunicado en el micrositio «COD – Certificado de Origen Digital».

El servicio aduanero llevará a cabo los controles relacionados con el COD a través del «Visualizador de Certificados de Origen».

Redacción Movant Connection

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